El expediente técnico, en su caso, constituye un elemento
esencial para los procedimientos de evaluación de la conformidad de un
producto, especialmente cuando se aplica un procedimiento de evaluación en que
no interviene un Organismo Notificado. También facilita la labor inspectora de
las Autoridades Competentes. Cuando haya intervenido un Organismo Notificado, éste
ejercerá un cierto control sobre la documentación técnica correspondiente que
dependerá del módulo que se aplique.
IMPORTANCIA:
La información que debe contener depende de la naturaleza
del producto. Incluirá lo necesario, desde el punto de vista técnico, para demostrar
la conformidad del producto, bien con las normas armonizadas bien con los
requisitos esenciales de las Directivas correspondientes cuando no se hayan
aplicado dichas normas o sólo se hayan aplicado parcialmente. El expediente ha
de ser claro, conciso, no se debe complicar sin necesidad y debe redactarse en
una de las lenguas de la Unión Europea. Cada Directiva señala la información
concreta que ha de contener.
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